El Séptimo Tribunal de Juicio en lo Penal de Santiago ha dictado una sentencia condenatoria contra A.E.V.M, un joven que tendrá que cumplir diez años de internación en régimen cerrado con programa de reinserción social. La condena viene después de que se considerara al joven autor de tres graves delitos, incluyendo un homicidio consumado simple cometido en el año 2022 en Peñalolén.

Los hechos acontecieron dentro del local “El Chevy”, donde el joven hizo uso de un arma y disparó reiteradamente, matando a Christian Andrés Acuña Alarcón, Germán Brayan Cayupil González y Sebastián Andrés Cayupil Navarro. Todo ello sucedió tras una discusión entre las víctimas y los ocupantes del automóvil Kia Morning que pasaba por Andes con General Horacio Toro. Dos primos heridos y un cuñado también fueron trasladados al hospital Luis Tomé, donde finalmente fallecieron.

La sanción impuesta se ha basado en la Ley N° 391 N° 2 del Código Penal chileno referida a “el delito de homicidio simple con la pena de presidio mayor”. El fallo indica además que la sanción debe ajustarse a los límites impuestos por la Ley N° 20.084 sobre responsabilidad penal para adolescentes infractores.

En resumen, el tribunal redujo la pena asignada para este tipo específico delictivo (de presidio mayor) a su mínimo grado (diez años), según lo establecido por las normas pertinentes. Además, se ajustó dicha extensión bajo los límites establecidos por esta ley para menores de dieciséis años, pues en este caso el acusado superaba esa edad.